Encargatura docente 2021[RVM N.° 255-2019-MINEDU, RVM N.° 198-2020—MINEDU y RVM 192-2021-MINEDU] [ppt]

Encargatura docente 2021[RVM N.° 255-2019-MINEDU, RVM N.° 198-2020—MINEDU y RVM 192-2021-MINEDU]

El encargo es la acción de personal que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras
dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad. El encargo es de carácter
temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el período del ejercicio fiscal.

  • Oficio Múltiple N.° 0034-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, precisa lineamientos para el proceso de
    encargatura en forma virtual, mientras dure el estado de emergencia sanitaria.
  • RVM N.° 198-2020-MINEDU incorpora las fichas de evaluación de gestión en el cargo para aplicarse al
    desempeño laboral de manera virtual como consecuencia del aislamiento social.
  • RVM N.° 192-2021-MINEDU modifica e incorpora normas legales a la norma técnica para una mejor
    optimización del proceso de selección de encargatura.
    ENCARGATURA

Tipos de Encargo

De puesto: Autorizado en una plaza orgánica vacante presupuestada o en una plaza vacante generada por ausencia temporal del titular.

De funciones: Autorizado únicamente para asumir el cargo de director de IE, en caso no se cuente con una plaza orgánica vacante presupuestada. El docente continua ejerciendo su labor docente en aula.

Excepcional: Se autoriza únicamente, para los casos específicos de encargo de puesto por un período menor a 30 días, en adición a sus funciones (aplica para director UGEL, DGP, JGP y demás cargos.)

Plazas

▪ Especialistas de Educación
▪ Directivos de IE
▪ Jerárquicos de IE

CONDICIONES 

Con la RVM N.° 192-2021-MINEDU se incorpora el literal g) del numeral 7.1.1 de la norma técnica, establece no tener la condición de
ratificado al momento de postular.
▪ Haber acreditado el perfil y requisitos generales y específicos.
▪ Contar con acto resolutivo de encargatura con vigencia hasta el término del año fiscal en que se evalúa para la ratificación.
▪ Contar en el cargo con una antigüedad no menor de seis meses al treinta (30) de setiembre del año fiscal en que se evalúa para
la ratificación.
▪ Contar con evaluación favorable en la evaluación del desempeño de gestión.
▪ El cargo a ratificar se encuentre vacante para el siguiente año lectivo y no haya sido ofertado en concurso público de acceso a
cargos. Convocado por el MINEDU durante el ejercicio del  encargo.
▪ No tener la condición de ratificado al momento de postular

EVALUACIÓN

La evaluación de desempeño de gestión se realiza aplicando las fichas de evaluación en forma virtual incorporadas a la Norma Técnica con la RVM No198- 2020, se ejecuta en la última semana de octubre y estará a cargo del comité de evaluación.
EMISIÓN DEL ACTO RESOLUTIVO
▪ Para los casos de ratificación la resolución será emitida por NEXUS, cuando se inicialice la BD del sistema NEXUS.

Ver y descargar aquí: Encargatura docente 2021

 

Web Oficial del MINEDU:

http://www.minedu.gob.pe